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ISNN - 0300-9041
ISSNe - 2594-2034


Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline
EDITADA POR LA Federación Mexicana de Colegios de Obstetricia, y Ginecología A.C.
FUNDADA POR LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA EN 1945

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A propósito de yatrogenia

Periodicidad: mensual
Editor: José Niz Ramos
Coeditor: Juan Carlos Barros Delgadillo
Abreviatura: Ginecol Obstet Mex
ISSN: 0300-9041
ISSNe: 2594-2034
Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline.

A propósito de yatrogenia

About iatrogeny.

Ginecol Obstet Mex | 1 de Febrero de 2005

Ginecol Obstet Mex 2005;73:105


Enrique Aguilera Beteta

Especialista certificado por el Consejo Mexicano de Ginecología y Obstetricia


Al hablar de yatrogenia resulta imprescindible hacer algunas consideraciones sobre el significado de los términos a los que se hace referencia, precisando los conceptos que estos definen.

Desde el punto de vista etimológico, la palabra yatrogenia proviene del griego iatros, prefijo que significa médico y guennán, que significa producir, originar o engendrar. El concepto se concreta como el resultado del acto médico mismo, o por los efectos de los medicamentos prescritos por el facultativo. Lo mismo podemos decir de los términos yatrógeno (originado o producido por el médico) y yátrico

(perteneciente o relativo a los médicos o a la medicina).

En apoyo a lo anterior, y en el mismo orden de ideas, yatreusis (del griego iatreusis acción de curar o cuidar) es sinónimo de terapéutica (del griego therapeutiké que significa curar), que se define como la parte de la ciencia médica que se ocupa del tratamiento de las enfermedades y, en sentido más amplio, la ciencia y arte de curar y aliviar.

Con base en estos conceptos, puede decirse que todos los actos médicos o los efectos de los medicamentos prescritos por los profesionales de la medicina son yatrogenia.

La yatrogenia, entendida como tal, es un acto médico que tiene como finalidad producir u ocasionarle un beneficio al enfermo, aunque en ocasiones esta acción bienintencionada del médico pueda causarle algún daño, involuntaria e imprevisiblemente, consecuencia de la deutergia, es decir, de los efectos o reacciones secundarios indeseables o por algún accidente que específicamente ocurra en el enfermo y que no es posible conocer de antemano, aun cuando se haya hecho un estudio adecuado y completo del paciente y aplicado la terapéutica instituida correcta.

Ahora bien, este concepto de yatrogenia que podríamos calificar como “positiva”, no conlleva ningún resultado médicamente censurable, inmoral, falto de ética o punible, ya que en cualquier acto médico o quirúrgico pueden presentarse incidentes o accidentes indeseables, que pueden considerarse parte del acto médico.

En contraposición a la yatrogenia “positiva”, la yatrogenia “negativa” o yatropatogenia (del griego iatrós médico, páthos enfermedad y guennán producir, originar o engendrar) es el resultado del acto médico realizado que ocasiona daño o enfermedad al paciente, ya sea por el acto médico mismo o por los efectos de los medicamentos prescritos, por no haberse actuado con apego a la lex artis medica.

La yatropatogenia es censurable, inmoral, carente de ética y punible, cuando es originada por negligencia (falta de diligencia o cuidado), impericia (falta de pericia o capacitación para realizar algún procedimiento médico o quirúrgico), imprudencia, medicina o intervención temeraria (a sabiendas de que el riesgo es muy alto), o por dolo (cuando deliberadamente se le causa daño al enfermo, lo que por fortuna ocurre de manera excepcional), acciones cuyas consecuencias pueden conducir a quejas ante las comisiones de arbitraje médico o a demandas ante las autoridades jurisdiccionales, con las consecuentes responsabilidades y sanciones.

Al tener en consideración estos conceptos, podemos concluir que, en términos generales, los médicos éticos, honestos, honorables y probos hacen yatrogenia, pero no yatropatogenia.

Dr. Enrique Aguilera Betet


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