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ISNN - 0300-9041
ISSNe - 2594-2034


Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline
EDITADA POR LA Federación Mexicana de Colegios de Obstetricia, y Ginecología A.C.
FUNDADA POR LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA EN 1945

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INFORMACIÓN EXCLUSIVA PARA LOS PROFESIONALES DE LA SALUD


Deontología y Moral en Ginecología

Periodicidad: mensual
Editor: José Niz Ramos
Coeditor: Juan Carlos Barros Delgadillo
Abreviatura: Ginecol Obstet Mex
ISSN: 0300-9041
ISSNe: 2594-2034
Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline.

Deontología y Moral en Ginecología*

Deontology and moral in gynecology.

Ginecol Obstet Mex | 1 de Agosto de 2009

Ginecol Obstet Mex 2009;77(8):396-98


Por el Dr. Francisco Berumen Enciso
Ciudad Juárez, Chihuahua


* Leído en la IV Reunión Nacional de Ginecología y Obstetricia, Torreón, Coahuila. Noviembre 21 de 1953.


Este tema es de muy difícil desarrollo, por la profundidad de su significado ya que tiene como bases fundamentales, la moral, la buena fe, la ciencia y la religión: bases sin las cuales yo no puedo concebir la existencia de la humanidad y mucho menos a los ginecólogos y obstetras encargados de prolongar la existencia de esa misma humanidad, de donde se desprende que si es verdad que los ginecólogos curan los males físicos, también es verdad que no podrán jamás olvidar que una gran parte de su tarea, es y será el cuidado del espíritu, moldeando así en esta forma el "Hombre Cuerpo y Alma" y no solamente al "Hombre Animal", lobo del hombre mismo, y por lo tanto su alta finalidad en su tarea debe ser guiada por los mandamientos de la "Religión Cató1ica", sin duda la más hermosa de todas las religiones.

Una vez asentada la doctrina que debe servir de cartabón a la actuación del ginecólogo y disponiendo de corto tiempo para el desarrollo de tan interesante tema, y siguiendo los lineamientos de una moral sana e inteligente, solamente me concretaré a desarrollar los siguientes puntos:

I.- Deberes del ginecólogo para con sus pacientes, desde el punto de vista médico, social y moral.

II.- Deberes del ginecólogo para con sus compañeros de Profesión.

DEBERES DEL GINECÓLOGO PARA CON SUS PACIENTES

 

1.- Como es bien sabido el ginecólogo en el ejercicio de su profesión tiene que tratar en su mayoría con enfermos del sexo femenino, que por su propia falta de salud generalmente presentan problemas complejos, llenos de contradicciones y falsedades, con reacciones exageradas y con pasiones intensas, que tienen como escenario el hogar y los familiares cercanos; en estos casas el ginecólogo sabrá siempre ser prudente al dar a conocer sus diagnósticos, haciéndolo en palabras que no permitan malas interpretaciones, y que no causen consecuencias de proporciones sin medida, haciendo comprender a las enfermas que su mal tiene remedio, sin hacer mención de responsable alguno, es decir, debe ser prudente y verídico 

2.- El ginecólogo tiene la obligación de no dar como definitivo un diagnóstico que no llene todos los requisitos que la ciencia médica exige, y mucho menos exagerar sus pronósticos.

3.- También debe entender el ginecólogo, y hacerlo entender, que su consultorio es un sitio impenetrable para todos aquellos que de buena a mala fe pretendan conocer los secretos, que diariamente en él se depositan,  debiendo ser en forma absoluta el sigiloso guardián del "Secreto Profesional" que corresponde por mitades a él y a la paciente; par lo tanto, debe cuidar de no divulgar, ni permitir sea divulgado ningún  hecho, por las personas que actúan con él, aplicando si fuere posible, las sanciones que la ley manda para aquellos que lo violen.

4.- El ginecólogo tiene obligación de no mutilar los órganos genitales de sus enfermas por vía de experimentación, por lucro a bien, por no saber sortear todas las dificultades que se le presenten, y que la Ciencia Médica da caminos seguros para resolverlas, y que deben seguirse, con tal interés como si se tratara en cada caso de una persona de su propia familia: procurando siempre conseguir la mayor cantidad de felicidad en sus resultados.

5.- El  ginecólogo tiene el deber de no segar la vida intrauterina, más que en el caso de que la limitación sea el único recurso para salvar la vida de la madre, o bien, para prolongar ésta, siempre y cuando el objetivo no sea suprimir una vida, sino como consecuencia inevitable del acto operatorio.

6.- El ginecólogo tiene el deber de no intervenir ni de palabra ni de obra en la producción del  aborto, sea cual fuere el motivo con que trate de justificarse tan inmoral hecho. (Considero que este criterio para algunos no es aceptable, y tengo por razones, la mala calidad moral, científica y religiosa del médico, y que en mi concepto, también obedece al interés monetario más que a un deber científico y humanitario.)

7.- El ginecólogo tiene la obligación de aconsejar científica y moralmente a sus pacientes, cuando estos recurran a él, con el objeto de encontrar la solución a problemas de esterilidad no empleando maniobras ajenas a la forma natural del coito en el matrimonio y mucho menos el empleo del semen de donadores indiferentes.

8.- El ginecólogo tiene la obligación de aconsejar y de negarse a favorecer los problemas de la limitación de la natalidad, procurando en grado máximo el hacer ver a sus consultantes que no es posible burlar a la naturaleza, a la ley y a la sociedad, puntualizándoles que el matrimonio tiene por objeto la formación de la familia, con todas las características morales, materiales y religiosas y no solamente el placer sexual.

9.- El ginecólogo tiene la obligación de tratar a sus pacientes como enfermos solamente, sin hacer distinciones por sus categorías económicas y sociales que hieran su dignidad, ni usar terapéutica discriminatoria. 

10.- El ginecólogo tiene el deber de no planear y mucho menos ejecutar, ningún tipo de intervención quirúrgica en que tenga la duda de que no resolverá el problema de su paciente, causándole daño irreparable solamente por interés monetario; haciendo mal uso de la ciencia y habilidad que ha sido puesta en sus manos para su dignificación.

OBLIGACIONES DEL GINECÓLOGO PARA CON SUS COMPAÑEROS DE PROFESIÓN

 

l.- El ginecólogo jamás debe comentar en público los errores de otro compañero, siempre y cuando en sus actos no haya intervenido la mala fe y el deseo de lucrar.

2.- El ginecólogo debe combatir con toda la fuerza de su saber y de su ejemplo personal, a los charlatanes, no permitiendo que ningún compañero les preste ayuda para actuar en perjuicio de la salud del pueblo, ni usar terapéuticas secretas que dañen a la Profesión Médica.

3.- El ginecólogo jamás arrebatará a otro compañero un enfermo valiéndose de malas artes, sino que tiene la obligación de ir en ayuda de él, tan pronto como le sean requeridos su ayuda y consejo.

4.- El ginecólogo jamás debe hacer discusiones científicas con otro compañero, refiriéndose a caso concreto, delante de personas ajenas a la profesión o familiares del enfermo.

5.- El ginecólogo jamás debe regresar a visitar a la enferma que fue motivo de una junta médica, solamente en el caso de que el ginecólogo que la atiende se encuentre enfermo o ausente de la ciudad, y que sea llamado por el enfermo o sus familiares.

6.- El ginecólogo consultor jamás puede convertirse en ginecólogo de cabecera, sin la anuencia del anterior y solamente en el caso de que éste se halle imposibilitado para continuar el tratamiento, o bien porque haya diferencia de criterio científico; pero siempre con la anuencia del enfermo y de sus familiares. 

7.- El ginecólogo consultante que haya pasado a ser de cabecera, debe conservar una actitud discreta respecto a la reputación de su colega anterior, debiendo abstenerse de emitir palabras o hacer insinuaciones capaces de afectar la confianza del enfermo o de sus familiares. 

8.- El ginecólogo respetará las convicciones científicas, sociales y religiosas de otro compañero, siempre que éstas no causen daño a la sociedad y a la profesión.

9.- El ginecólogo tiene la obligación de atender médicamente con toda la solicitud necesaria a la familia de otro compañero, sin aceptar ninguna retribución monetaria, no importando la duración y calidad del servicio prestado.

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