Logo
Logo


ISNN - 0300-9041
ISSNe - 2594-2034


Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline
EDITADA POR LA Federación Mexicana de Colegios de Obstetricia, y Ginecología A.C.
FUNDADA POR LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA EN 1945

Logo

INFORMACIÓN EXCLUSIVA PARA LOS PROFESIONALES DE LA SALUD


Editorial 7, julio 2009

Periodicidad: mensual
Editor: José Niz Ramos
Coeditor: Juan Carlos Barros Delgadillo
Abreviatura: Ginecol Obstet Mex
ISSN: 0300-9041
ISSNe: 2594-2034
Indizada en: PubMed, SciELO, Índice Médico Latinoamericano, LILACS, Medline.

Editorial

Ginecol Obstet Mex | 1 de Julio de 2009

Ginecol Obstet Mex 2009;77(7):309



El maltrato fetal es cualquier acto que intencionadamente o por negligencia pueda lesionar al embrión o al feto. Una forma de maltrato es que la mujer embarazada no lleve control prenatal de manera adecuada, consuma drogas legales (tabaco, alcohol) o ilegales (marihuana, cocaína, etc.) se induzca al aborto o se maltrate físicamente a la mujer embarazada. Las consecuencias del maltrato al feto pueden ser: retraso mental, retardo en el crecimiento intrauterino, prematurez, malformaciones congénitas, muerte fetal, síndromes de abstinencia de drogas y de muerte súbita. El maltrato al feto es un tema que debe estudiarse, conocerse y evitarse. Una aportación al respecto son los resultados de un estudio, que se comunican en este número de Ginecología y Obstetricia de México, que buscó identificar si el embarazo en mujeres adolescentes es factor de riesgo para maltrato fetal.

En la preeclampsia-eclampsia hay daño renal, que puede ser desde hiperazoemia prerrenal hasta el síndrome de insuficiencia renal aguda. La frecuencia de insuficiencia renal aguda en pacientes con preeclampsia-eclampsia es de 1.5 a 2% y se incrementa a 7% cuando se agrega hemorragia masiva o síndrome de HELLP. El patrón de referencia para evaluar la filtración glomerular es la depuración de creatinina endógena. En esta edición se publica un artículo original en donde se describe la correlación entre el índice amilasa-creatinina y la depuración de creatinina endógena en pacientes embarazadas con preeclampsia severa.

La placenta es un órgano especializado que realiza numerosas funciones en el desarrollo del feto. El desarrollo fetal normal requiere el aporte materno de nutrientes dependientes del estado de salud de la madre y de la anatomía y fisiología de la vasculatura útero-placentaria. El crecimiento fetal se regula por señalamiento endocrino, que participa en la invasión trofoblástica, en el establecimiento del flujo sanguíneo a la unidad útero placentaria y en el trasporte de nutrientes. A pesar de que los estudios realizados en la placenta humana a término han demostrado que los receptores colinérgicos muscarínicos M1 a M4 se localizan en el sincitiotrofoblasto, en la membrana basal y en la membrana con borde en cepillo de las vellosidades, en ninguno de ellos la metodología ha implicado métodos de microscopia que permitan evidenciar su localización. Por eso, aquí se incluye un artículo que trató de determinar la expresión de los receptores colinérgicos muscarínicos M1 y M2 en placenta humana a término. 

Hace 55 años los doctores Rojas Domínguez y Matienzo escribieron a propósito de la membrana hialina en la muerte del recién nacido en la cesárea. En su artículo señalaron que: “la preocupación del tocoginecólogo ante la urgencia de una intervención cesárea, no es el dilema de la vida de la madre o del hijo; el ideal es la vida de ambos. Aún después de la más paciente espera o de la más exigente urgencia, en la mayor parte de los casos el sufrimiento fetal es el que apremia y decide esta siempre interesante y delicada operación.”

El capítulo de la Guía de práctica clínica 2008 del Colegio Mexicano de Especialistas en Ginecología y Obstetricia se refiere al desempeño del médico en caso de pacientes con ruptura prematura de membranas antes del término de la gestación. 

Dr. Jorge Delgado Urdapilleta


Comentarios